lunes, 10 de septiembre de 2007

Ley 221 de 2007: ¡Una verdadera antigarantía al derecho fundamental del hábeas data!


La ley 221 de 2007 trata de regular el derecho constitucional y fundamental del habeas data consistente en la facultad que tienen las personas de conocer, actualizar y rectificar la información que sobre ellas repose en archivos y bases de datos de entidades públicas y privadas, así lo preceptúa el artículo 15 de la Carta Magna.

Si bien la mencionada ley contiene aspectos positivos, el proyecto se destaca por los efectos negativos, ya que incorpora disposiciones abiertamente inconstitucionales que desmejoran la situación actual de las personas por lo siguiente, por cuanto hoy día es gratis ejercer ilimitadamente el derecho al habeas data. El empresario puede lucrarse comercializando los datos personales a terceros, pero no está autorizado por la ley para cobrarle al titular del dato por conocer, actualizar o rectificar su información.

Es por esto que el proyecto limita la gratuidad, por regla general, a una vez al año y autoriza al empresario para que fije la tarifa y le cobre al ciudadano por ejercer el derecho fundamental precitado.

A más de lo anterior se eliminará la autorización previa del ciudadano para que el
empresario pueda recolectar, almacenar y circular datos personales. Así las cosas, el operador incrementará sus arcas a costa del ciudadano de quien tomó sus datos gratuitamente y sin autorización, pero para conocer y rectificar, entre otras, su información, tendrá que pagar.

A manera de conclusión el proyecto es atroz ya que de aprobarse, se perderían grandes logros y avances que gracias a la Honorable Corte Constitucional se han ganado, a parte que contraviene lo dispuesto en normas y convenciones de carácter internacional como la resolución 45/95 de 1990 de la ONU, la directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y las "Directrices para la Armonización de la Protección de Datos en la Comunidad Iberoamericana".

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